Dpto. Impuestos y Tributos informa urgente: Todos aquellos agentes que durante el período fiscal 2009 han percibido ganancias brutas acumuladas iguales o superiores a la suma de $ 144.000 (pesos ciento cuarenta y cuatro mil). Deberan presentar Declaración Jurada de Impuestos a las Ganancias y sobre bienes personales, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por RG n° 2437/08 art. 12-AFIP. Dpto. Impuestos y Tributos informa urgente: Todos aquellos agentes que durante el período fiscal 2009 han percibido ganancias brutas acumuladas iguales o superiores a la suma de $96.000 (pesos noventa y seis mil) y hasta $ 144.000 (pesos ciento cuarenta y cuatro mil). Deberan presentar Declaración Jurada de Impuestos a los Bienes Personales, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por RG n° 2437/08 art. 12-AFIP. |
El Departamento Impuestos y Tributos informa a todos aquellos agentes que en el año 2009 hayan presentado el Formulario f572 declarando seguros de vida, que los mismos deberán ser actualizados para el año 2010, ya que los correspondientes a períodos anteriores al corriente no se tienen en cuenta para la liquidación del impuesto a las ganancias 4ta categoría.
En cuanto a las jornadas de capacitación sobre retenciones Impuesto a las Ganancias AFIP 4ta categoría (COULI cód 1843), se comunica que seguirán dictándose en el CFAP durante el año 2010. Informes e inscripción: 0221-4246406 y 4297679.
Los Ingresantes deberán presentar el Form 572 por las cargas de familia y el Form 649 por los ingresos anteriores, en caso de corresponder.
El Formulario F 572 debe ser presentado en la Dirección de Contabilidad y Finanzas de la DGCyE - Departamento Impuestos-, ubicado en calle 13 e/56 y 57, 1er. piso. Podrá enviarse por correo postal o personalmente en la dirección mencionada.
| Impuesto a las Ganancias - Retención 4ta. Categoría - Trabajo en relación de dependendencia | ||
| Formulario Declaración Jurada F 572 "AFIP 4ta Cat" 26/09/05 | 262 Kb | |
| Instrucciones para completar el F 572 "AFIP 4ta Cat" 07/05/09 | 108 Kb | |