Art. 75 Ap. 6.4.2.
del Reglamento
RESOLUCION N° 12773-99
LA PLATA; 7 de Diciembre
de 1999
Visto que por los presentes
actuados se solicita se reglamente lo aconsejado en
un dictamen obrante en el expediente 5802-2.241.778/98
referido a la situación de docentes que aprobaron
un concurso para secretarias titulares y que encontrándose
pendiente el examen de aptitud psicofísica aspiran
a una cobertura transitoria de la función para
la que concursaron; y,
CONSIDERANDO:
Que en la oportunidad
se dictaminó que el "hecho de haber aprobado
el concurso para titulares cubre en exceso la necesidad
de evaluación de los aspirantes por lo que resulta
razonable considerar que han cumplido con los requisitos
de una selección y; por lo tanto podría
admitirse que accedan a los cargos transitorios con
la prioridad prevista en el inciso 6.4.2. del Art.75
del Decreto 2485/92, modificado por el 4341/95";
Que por lo expuesto,
se dijo en la oportunidad, deberá considerarse
a los docentes que hubieren aprobado el concurso para
titulares aunque esté pendiente el dictamen de
aptitud psicofísica, como habilitados para la
cobertura de funciones jerárquicas luego de los
indicados en el inciso citado, es decir, luego de los
excedentes de otros concursos para titulares anteriores
y firmes.";
Que asimismo se expresó,
que la función a asignar deberá serlo
sobre el mismo cargo de base del concurso y que una
vez otorgado el destino definitivo el docente debe cesar
en la función;
Que la Federación
argumenta en su presentación que "la asignación
de funciones jerárquicas transitorias como en
el caso planteado, deberá efectuarse ad referendum
del destino definitivo", puesto que esta elección
no implica necesariamente que el cargo a cubrir coincida
con alguna de las vacantes que determina la Resolución
de convocatoria al concurso;
Que con relación
al mismo tema, la Dirección de Educación
Primaria solicita que lo resuelto en el expediente citado
se extienda a otros concursos jerárquicos;
Que el Consejo General
de Cultura y Educación aprueba en sesión
de fecha 25-2-99 el dictamen de la Comisión de
Asuntos Legales y aconseja el dictado del correspondiente
acto resolutivo;
Por ello;
LA DIRECTORA GENERAL
DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Determinar
que los docentes que hayan aprobado concursos para cargos
titulares y aún no posean el dictamen de aptitud
psicofísica se considerarán habilitados
para la cobertura de funciones jerárquicas transitorias,
luego de los indicados en el inciso 6.4.2. del Art.75
del Decreto número 2485/92, modificado por el
Decreto 441/95, es decir, luego de los excedentes de
otros concursos para titulares, anteriores y firmes.
ARTICULO 2°.- Establecer
que la asignación transitoria se efectuará
sobre el mismo cargo de base por el cual se ha concursado
para el cargo jerárquico titular.
ARTICULO 3°.-
Consignar que el docente con asignación en las
condiciones del artículo anterior, cesará
en la función transitoria al momento de la asignación
de destino definitivo, en el caso en que las vacantes
no coincidan.
ARTICULO 4°.- Establecer
que la presente Resolución será refrendada
por la Vicepresidente 1° del Consejo General de Cultura
y Educación.
ARTICULO 5°.-
Registrar esta Resolución que será desglosada
para su archivo en la Dirección de Despacho la
que en su lugar agregará copia autenticada de
la misma; comunicar al Departamento Mesa General de
Entradas y Salidas, notificar al Consejo General de
Cultura y Educación; a la Subsecretaría
de Educación; Dirección de Educación
Primaria, a todas las ramas de la enseñanza y
a la Federación de Educadores Bonaerenses.