En su última sesión el Consejo aprobó esta normativa que comprende a todos los servicios educativos de gestión estatal o privada que brinden formación profesional de adultos mayores de edad o a quienes teniendo 16 años acrediten estar cursando la escuela secundaria.
En su extenso articulado define qué son los Centros de Formación Profesional: su creación, funciones, modos y formas de organización, oferta formativa y personal. También la inscripción y regularidad, derechos y deberes de los estudiantes, junto al régimen de enseñanza y aprendizaje y los estados administrativos.