LA PLATA, 16 de agosto de 2005
VISTO la Resolución N° 918/01, la Disposición 161/04, la evaluación que acerca de la misma realizaron los Consejos Académicos Institucionales en cumplimiento de lo previsto en ella; y
CONSIDERANDO:
Que la Experiencia de Evaluación de la Gestión Institucional y de la Práctica Docente, implementada en el mes de noviembre de 2004, ha permitido institucionalizar y generalizar en los Servicios Educativos dependientes de la Dirección de Educación Superior, distintas experiencias de autoevaluación existentes en los mismos.
Que la opinión de los estudiantes en los procesos de evaluación institucional, ofrece un punto de vista insoslayable en la consideración de las dinámicas institucionales, contiene un alto valor formativo y contribuye a des-secundarizar y democratizar internamente a los institutos de formación.
Que la implementación de la Experiencia, suministró a los Servicios Educativos del Nivel Superior, la información necesaria para la toma de decisiones tendientes al progresivo mejoramiento del acontecer institucional, situación que se ha receptado para la elaboración del presente acto normativo.
Que la citada experiencia viene a acompañar y profundizar el proceso participativo y de consulta que desde las distintas Dependencias que conforman la Dirección General de Cultura y Educación, se viene implementando, con el propósito de garantizarle a los actores del Sistema Educativo Provincial un rol protagónico en la definición y concreción de las políticas educativas.
Que la continuidad de la Experiencia, así como su posible extensión a todos los años de las carreras que se dictan en el Nivel Superior de la Provincia de Buenos Aires, impregnará las actuales y futuras prácticas docentes, de valores participativos y democráticos, pilares insustituibles de todo proceso de transformación social y educativa.
Por ello,
DISPONE
ARTÍCULO 1°: Aprobar las pautas de la encuesta que como Experiencia de ------------------ Evaluación de los Procesos de Enseñanza y de la Gestión Institucional, se establecen en el Anexo de la presente, pasando a formar parte de la misma.
ARTÍCULO 2°: Establecer que la presente tendrá aplicación en los meses de -------------------- setiembre - octubre en el último año de las carreras que se dicten en los Servicios Educativos dependientes de la Dirección de Educación Superior.
ARTÍCULO 3°: Encomendar a las Autoridades de cada Servicio Educativo a que -------------------- den intervención a los Consejos Académicos Institucionales para que los mismos determinen, el plan de acción que permita la concreción, sistematización y difusión de los resultados de la presente Experiencia, así como la extensión de la misma a otros años de las carreras.
ARTÍCULO 4°: Determinar que cada Consejo Académico Institucional elabore un -------------------- informe cuali-cuantitativo con una propuesta de líneas de acción para el mejoramiento de la gestión integral de la institución, el que será elevado por la Autoridad del Servicio a través de la vía jerárquica. En dicho informe constará la evaluación de la Experiencia y todo otro dato de interés que a criterio del cuerpo sea relevante. Llevará la firma de todos los integrantes del Consejo Académico Institucional
ARTÍCULO 5°: Registrar esta Disposición que será desglosada para su archivo -------------------- en el Departamento Administrativo de esta Dirección. Notificar a la Subsecretaría de Educación, a los Inspectores de Área de esta Dirección y por su intermedio a quien corresponda. Cumplido. Archivar.
A N E X O
Los Consejos Académicos Institucionales de los Institutos Superiores de Formación Docente y Técnica de la Provincia de Buenos Aires, serán los responsables de elaborar los instrumentos que permitan evaluar la Gestión Institucional, las Prácticas Docentes y todas aquellas variables que el cuerpo considere relevantes para la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de la dinámica institucional.
Cada Consejo Académico Institucional determinará las escalas a utilizar para ponderar las variables a ser evaluadas por los educandos.
Respecto de la evaluación de la Gestión Institucional y de los Procesos de Enseñanza, si bien cada Consejo Académico Institucional establecerá las variables que considere pertinentes de ser evaluadas, las mismas deberán relevar información acerca de los siguientes aspectos:
§ Consejo Académico Institucional. Participación de los alumnos.
§ Desempeño del Equipo de Conducción.
§ Articulación entre espacios y perspectivas curriculares y entre años de la formación.
§ Vinculaciones con la comunidad.
§ Coherencia entre el desarrollo de las clases y los instrumentos y criterios de evaluación.
§ Pertinencia de las estrategias didácticas para el abordaje de los contenidos.
§ Promoción del pensamiento crítico – reflexivo a través de las propuestas de enseñanza.
§ Posibilidad de transferir lo aprendido (tanto lo conceptual como lo metodológico) a situaciones concretas de trabajo.
§ Circulación de la información.
§ Visión de los alumnos en relación con los aspectos organizativos, administrativos y de servicios de la institución.
§ Clima de trabajo y aspectos relacionales.
El informe referido en el Artículo 4° de esta Disposición será elevado por la Autoridad del Servicio a esta Dirección conteniendo:
1. Modelo de instrumento/s de evaluación utilizados encabezados con los siguientes datos identificatorios:
Región:
Distrito:
Instituto Superior N°:
Carrera:
Año y División
2. Informe cuali-cuantitativo, con emisión de criterio, sugiriendo al Equipo de Conducción posibles líneas de acción a partir de los resultados obtenidos, con la firma de todos sus integrantes.
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